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Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tres
Uno. Los internos podrán ejercitar los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, sin exclusión del derecho de sufragio, salvo que fuesen incompatibles con el objeto de su detención o el cumplimiento de la condena.
¿Tienen los internos derecho de sufragio?
Penitenciario.
Artículo 5. Deberes.
2. En consecuencia, el interno deberá:
a) Permanecer en el establecimiento hasta el momento de su liberación, a disposición de la autoridad judicial o para cumplir las condenas de privación de libertad que se le impongan.
b) Acatar las normas de régimen interior y las órdenes que reciba del personal penitenciario en el ejercicio legítimo de sus atribuciones.
c) Colaborar activamente en la consecución de una convivencia ordenada dentro del centro y mantener una actitud de respeto y consideración hacia las autoridades, los funcionarios, trabajadores, colaboradores de instituciones penitenciarias, reclusos y demás personas, tanto dentro como fuera del establecimiento cuando hubiese salido del mismo por causa justificada.
d) Utilizar adecuadamente los medios materiales que se pongan a su disposición y las instalaciones del establecimiento.
e) Observar una adecuada higiene y aseo personal, corrección en el vestir y acatar las medidas higiénicas y sanitarias establecidas a estos efectos.
f) Realizar las prestaciones personales obligatorias impuestas por la Administración penitenciaria para el buen orden y limpieza de los establecimientos.
g) Participar en las actividades formativas, educativas y laborales definidas en función de sus carencias para la preparación de la vida en libertad.
De los siguientes, no es un deber de los internos:
Entre los derechos de los presos y detenidos, no se encuentra:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
La LOGP fue aprobada como Ley Orgánica 1/1979 General Penitenciaria, el:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tercero
La actividad penitenciaria se ejercerá respetando, en todo caso, la personalidad humana de los recluidos y los derechos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena, sin establecerse diferencia alguna por razón de raza, opiniones políticas, creencias religiosas, condición social o cualesquiera otras circunstancias de análoga naturaleza.
¿En que art. de la LOGP se recoge que la actividad penitenciaria se ejercerá respetando, en todo caso, la personalidad humana de los recluidos y los dchos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
TÍTULO II
Del régimen penitenciario
CAPÍTULO III
Asistencia sanitaria
¿En qué Título de la LOGP, queda enmarcada la asistencia sanitaria?
Garantía ejecutiva
Esta garantía nos dice que no podrá ejecutarse pena ni medida de seguridad en otra forma que la prescrita por la ley.
El art. 2 de la LOGP, señala que la actividad penitenciaria se desarrollará con las garantías y dentro de los límites establecidos por la Ley, los reglamentos y las sentencias judiciales. ¿De qué garantía hablamos?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tercero
Tres. En ningún caso se impedirá que los internos continúen los procedimientos que tuvieren pendientes en el momento de su ingreso en prisión y puedan entablar nuevas acciones.
¿Pueden los internos seguir los procedimientos que tuviesen pendientes en el momento de su ingreso en prisión?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
TÍTULO VI
De los funcionarios
¿De qué trata el Título sexto de la LOGP?:
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
Artículo 5. Deberes.
2. En consecuencia, deberá:
a) Permanecer en el establecimiento hasta el momento de su liberación, a disposición de la autoridad judicial o para cumplir las condenas de privación de libertad que se le impongan.
b) Acatar las normas de régimen interior y las órdenes que reciba del personal penitenciario en el ejercicio legítimo de sus atribuciones.
c) Colaborar activamente en la consecución de una convivencia ordenada dentro del centro y mantener una actitud de respeto y consideración hacia las autoridades, los funcionarios, trabajadores, colaboradores de instituciones penitenciarias, reclusos y demás personas, tanto dentro como fuera del establecimiento cuando hubiese salido del mismo por causa justificada.
d) Utilizar adecuadamente los medios materiales que se pongan a su disposición y las instalaciones del establecimiento.
e) Observar una adecuada higiene y aseo personal, corrección en el vestir y acatar las medidas higiénicas y sanitarias establecidas a estos efectos.
f) Realizar las prestaciones personales obligatorias impuestas por la Administración penitenciaria para el buen orden y limpieza de los establecimientos.
g) Participar en las actividades formativas, educativas y laborales definidas en función de sus carencias para la preparación de la vida en libertad.
Según el art. 5 del RP, indique cuál no es un deber del interno:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
TÍTULO II. Del régimen penitenciario.
TÍTULO IV. De la asistencia pospenitenciaria
TÍTULO VI. De los funcionarios
De los siguientes, uno de ellos no se corresponde con un Título de la LOGP:
Derechos en cuanto recluso de un Centro Penitenciario.
Podemos distinguir dos tipos de derechos:
A) Derechos en cuanto preso y detenido:
Según el art. 5 de la LOGP, presidirá su régimen el principio de presunción de inocencia, tendrá el dcho a participar en las actividades del centro, a trabajar conforme sus aptitudes e inclinaciones. Según el art. 16 de la LOGP, tendrán derecho a estar separados de los condenados y los reincidentes de los que no lo son, al igual que los penados tendrán derecho a participar en las actividades del centro, a formular peticiones y quejas, a recibir información personal sobre su situación, a las relaciones con el exterior....
B) Derechos en cuanto penado: Tendrán derecho al tratamiento penitenciario y a las medidas que se les programen con el fin de asegurar el éxito del mismo:
* Tendrán derecho a un trabajo,
* A acceder y disfrutar de las prestaciones públicas,
* A recibir información personal y actualizada de su situación procesal y penitenciaria,
* A ser destinados a establecimientos de cumplimiento,
* A rechazar el tratamiento voluntariamente
* A que se le concedan los beneficios penitenciarios de indultos particulares y adelantamiento de la libertad condicional
* Derecho a formular peticiones y quejas.
¿Qué derechos tiene el interno en cuanto a recluso de un Establecimiento Penitenciario?
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
Artículo 132. Concepto y caracteres.
El trabajo penitenciario de carácter productivo por cuenta ajena no realizado mediante fórmulas cooperativas o similares, a que se refiere la letra c) del artículo 27.1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, es un derecho y un deber del interno
El trabajo penitenciario está concebido como un derecho:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.
Artículo tercero
La actividad penitenciaria se ejercerá respetando, en todo caso, la personalidad humana de los recluidos y los derechos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena, sin establecerse diferencia alguna por razón de raza, opiniones políticas, creencias religiosas, condición social o cualesquiera otras circunstancias de análoga naturaleza.
El art. 3 de la LOGP determina que la actividad penitenciaria se ejercerá respetando, en todo caso, la personalidad humana de los recluidos y los derechos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena, sin establecerse diferencia alguna por razón de:
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
Artículo 5. Deberes.
2. En consecuencia, el interno deberá:
f) Realizar las prestaciones personales obligatorias impuestas por la Administración penitenciaria para el buen orden y limpieza de los establecimientos.
¿A que internos es exigible realizar las prestaciones personales obligatorias impuestas por la Admón para el buen orden y limpieza de los Establecimientos?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.
TÍTULO IV
De la asistencia pospenitenciaria.
¿De qué trata el Título cuarto de la LOGP?:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.
Artículo primero
Las instituciones penitenciarias reguladas en la presente Ley tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos, presos y penados.
Igualmente tienen a su cargo una labor asistencial y de ayuda para internos y liberados.
Según el art. 1 de la LOGP, las IIPP tienen como fin, además de la reeducación y reinserción social, de los sentenciados a penas y medidas de seguridad privativas de libertad:
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Disposición final primera.
Dos. Independientemente del supuesto considerado en el número anterior, los Ministerios de Justicia e Interior podrán acordar, por razones de seguridad pública, que la custodia y la vigilancia interior de un establecimiento cerrado o de un departamento especial de éste corresponda a los Cuerpos de la Seguridad del Estado.
De acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de la Disposición Final Primera de la LOGP, ¿en virtud de que tipo de razones, la custodia y la vigilancia interior de un establecimiento cerrado o de un departamento especial, puede corresponder a los Cuerpos de Seguridad del Estado?:
¿Qué día fue publicada la LOGP en el BOE?:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
TÍTULO II. Del régimen penitenciario.
CAPÍTULO II. Trabajo
CAPÍTULO VI. Permisos de salida
CAPÍTULO VIII. Comunicaciones y visitas
De los siguientes capítulos ¿cuál no es del Título segundo de la LOGP?
Derechos en cuanto recluso de un Centro Penitenciario.
Derechos en cuanto a penado. Tendrán derecho al tratamiento penitenciario y a las medidas que se les programen con el fin de asegurar el éxito del mismo:
* Tendrán derecho a un trabajo,
* A acceder y disfrutar de las prestaciones públicas,
* A recibir información personal y actualizada de su situación procesal y penitenciaria,
* A ser destinados a establecimientos de cumplimiento,
* A rechazar el tratamiento voluntariamente
* A que se le concedan los beneficios penitenciarios de indultos particulares y adelantamiento de la libertad condicional
* Derecho a formular peticiones y quejas.
El derecho de un interno a recibir el tratamiento adecuado para su reinserción, es un derecho:
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
Artículo 4. Derechos.
k) Derecho a recibir información personal y actualizada de su situación procesal y penitenciaria.
Recibir información sobre el régimen penitenciario es:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tercero
Dos. Se adoptarán las medidas necesarias para que los internos y sus familiares conserven sus derechos a las prestaciones de la Seguridad Social, adquiridos antes del ingreso en prisión.
¿Tienen derecho los internos o sus familias a la prestación de la seguridad social adquiridos antes de entrar en prisión?
¿Dónde vienen regulados los derechos y deberes de los internos?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo cuarto
Uno. Los internos deberán:
a) Permanecer en el establecimiento a disposición de la autoridad que hubiere decretado su internamiento o para cumplir las condenas que se les impongan, hasta el momento de su liberación.
b) Acatar las normas de régimen interior, reguladoras de la vida del establecimiento, cumpliendo las sanciones disciplinarias que le sean impuestas en el caso de infracción de aquéllas, y de conformidad con lo establecido en el artículo cuarenta y cuatro.
c) Mantener una normal actitud de respeto y consideración con los funcionarios de instituciones penitenciarias y autoridades judiciales o de otro orden, tanto dentro de los establecimientos penitenciarios como fuera de ellos con ocasión de traslado, conducciones o prácticas de diligencias.
d) Observar una conducta correcta con sus compañeros de internamiento.
Uno de los siguientes deberes de los interno no está previsto expresa/ en el art. 4.1 de la LOGP:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tercero
Cuatro. La Administración penitenciaria velará por la vida, integridad y salud de los internos.
¿En qué art. de la LOGP, se establece que la Admón Penitenciaria velará por la vida, integridad y salud de los internos?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo veintinueve
Uno. Todos los penados tendrán obligación de trabajar conforme a sus aptitudes físicas y mentales.
Dos. Los sometidos a prisión preventiva podrán trabajar conforme a sus aptitudes e inclinaciones. La administración del establecimiento les facilitará los medios de ocupación de que disponga, permitiendo al interno procurarse a sus expensas otros, siempre que sean compatibles con las garantías procesales y la seguridad y el buen orden de aquél. Los que voluntariamente realicen cualquiera de los trabajos expresados en el artículo 27 lo harán en las condiciones y con los efectos y beneficios previstos en esta Ley. Todo interno deberá contribuir al buen orden, limpieza e higiene del establecimiento, siendo reglamentariamente determinados los trabajos organizados a dichos fines.
De los siguientes deberes, ¿cuáles no corresponden a los preventivos?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo cuarto
Uno. Los internos deberán:
a) Permanecer en el establecimiento a disposición de la autoridad que hubiere decretado su internamiento o para cumplir las condenas que se les impongan, hasta el momento de su liberación.
b) Acatar las normas de régimen interior, reguladoras de la vida del establecimiento, cumpliendo las sanciones disciplinarias que le sean impuestas en el caso de infracción de aquéllas, y de conformidad con lo establecido en el artículo cuarenta y cuatro.
c) Mantener una normal actitud de respeto y consideración con los funcionarios de instituciones penitenciarias y autoridades judiciales o de otro orden, tanto dentro de los establecimientos penitenciarios como fuera de ellos con ocasión de traslado, conducciones o prácticas de diligencias.
d) Observar una conducta correcta con sus compañeros de internamiento.
¿En qué artículo/s de la LOGP se recogen los deberes de los internos?
¿De cuántos artículos y disposiciones consta la LOGP?:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tercero
Uno. Los internos podrán ejercitar los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, sin exclusión del derecho de sufragio, salvo que fuesen incompatibles con el objeto de su detención o el cumplimiento de la condena.
¿Qué derechos políticos tiene el penado?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo cuarto
Uno. Los internos deberán:
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
Artículo 5. Deberes.
¿Dónde viene regulados los deberes de los internos?
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
Artículo 5. Deberes.
2. En consecuencia, deberá:
a) Permanecer en el establecimiento hasta el momento de su liberación, a disposición de la autoridad judicial o para cumplir las condenas de privación de libertad que se le impongan.
b) Acatar las normas de régimen interior y las órdenes que reciba del personal penitenciario en el ejercicio legítimo de sus atribuciones.
c) Colaborar activamente en la consecución de una convivencia ordenada dentro del centro y mantener una actitud de respeto y consideración hacia las autoridades, los funcionarios, trabajadores, colaboradores de instituciones penitenciarias, reclusos y demás personas, tanto dentro como fuera del establecimiento cuando hubiese salido del mismo por causa justificada.
d) Utilizar adecuadamente los medios materiales que se pongan a su disposición y las instalaciones del establecimiento.
e) Observar una adecuada higiene y aseo personal, corrección en el vestir y acatar las medidas higiénicas y sanitarias establecidas a estos efectos.
f) Realizar las prestaciones personales obligatorias impuestas por la Administración penitenciaria para el buen orden y limpieza de los establecimientos.
g) Participar en las actividades formativas, educativas y laborales definidas en función de sus carencias para la preparación de la vida en libertad.
Entre los deberes de los internos recogidos en el art. 5 del RP, no se encuentra:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tercero
Uno. Los internos podrán ejercitar los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, sin exclusión del derecho de sufragio, salvo que fuesen incompatibles con el objeto de su detención o el cumplimiento de la condena.
Si tenemos en cuenta que el sufragio pasivo es el derecho a ser elegido, de ahí la respuesta, ya que los penados no podrán ser elegidos dado su incompatibilidad con el cumplimiento de la condena.
¿Pueden los internos ver limitado el derecho de sufragio?
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
Artículo 4. Derechos.
1. La actividad penitenciaria se ejercerá respetando la personalidad de los internos y los derechos e intereses legítimos de los mismos no afectados por la condena, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tercero
La actividad penitenciaria se ejercerá respetando, en todo caso, la personalidad humana de los recluidos y los derechos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena, sin establecerse diferencia alguna por razón de raza, opiniones políticas, creencias religiosas, condición social o cualesquiera otras circunstancias de análoga naturaleza.
El art. 4.1 del vigente RP, en relación con similar contenido del art. 3 de la LOGP, establece que la actividad penitenciaria se ejercerá respetando la personalidad de los internos y los derechos e intereses legítimos de los mismos no afectados por la condena sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Introduciendo básicamente dos nuevos motivos de prohibición de discriminación. Indique cuáles son:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tercero
Cinco. El interno tiene derecho a ser designado por su propio nombre.
De las siguientes afirmaciones, cuál es incorrecta
Relación de dchos Humanos fundamentales en la Constitución y en la LOGP:
a) Derecho a la vida y a la integridad física y moral (art. 15 Constitución y 3.4 de la LOGP)
b) Derecho a la dignidad humana (arts. 3.5, 20.1, 18, 23 LOGP)
c) Derecho a la intimidad (art. 18.1 de la Constitución y arts. 19.1, 51 al 53 de la LOGP).
d) Derecho a la liberta religiosa (art. 16 de la Constitución y art. 54 de la LOGP)
¿Cuál de los siguientes derechos no los tiene el recluso en cuanto persona?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Al no disponer nada en este sentido, se sigue la norma general de entrada en vigor a los 20 días de su publicación.
Publicado: 05/10/1979.
Entrada en vigor:25/10/1979
La LOGP, de 26 de septiembre de 1979, entró en vigor:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo cuarto
Uno. Los internos deberán:
a) Permanecer en el establecimiento a disposición de la autoridad que hubiere decretado su internamiento o para cumplir las condenas que se les impongan, hasta el momento de su liberación.
b) Acatar las normas de régimen interior, reguladoras de la vida del establecimiento, cumpliendo las sanciones disciplinarias que le sean impuestas en el caso de infracción de aquéllas, y de conformidad con lo establecido en el artículo cuarenta y cuatro.
c) Mantener una normal actitud de respeto y consideración con los funcionarios de instituciones penitenciarias y autoridades judiciales o de otro orden, tanto dentro de los establecimientos penitenciarios como fuera de ellos con ocasión de traslado, conducciones o prácticas de diligencias.
d) Observar una conducta correcta con sus compañeros de internamiento.
De los siguientes deberes de los internos, ¿cuál no se encuentra recogido en el art. 4 de la LOGP?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tercero
La actividad penitenciaria se ejercerá respetando, en todo caso, la personalidad humana de los recluidos y los derechos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena, sin establecerse diferencia alguna por razón de raza, opiniones políticas, creencias religiosas, condición social o cualesquiera otras circunstancias de análoga naturaleza.
¿En que art. de la LOGP está regulado el principio de conservación de los dchos fundamentales de los reclusos?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tercero
La actividad penitenciaria se ejercerá respetando, en todo caso, la personalidad humana de los recluidos y los derechos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena, sin establecerse diferencia alguna por razón de raza, opiniones políticas, creencias religiosas, condición social o cualesquiera otras circunstancias de análoga naturaleza.
¿Tiene derecho el interno a denunciar ante la autoridad judicial competente, los hechos delictivos de los que tenga conocimiento?
¿Cuántas disposiciones contiene la LOGP?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Título Preliminar.
Artículo tercero
Cinco. El interno tiene derecho a ser designado por su propio nombre.
¿En qué Título de la LOGP, se recoge que “el interno tiene derecho a ser designado por su propio nombre?
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tercero
Tres. En ningún caso se impedirá que los internos continúen los procedimientos que tuvieren pendientes en el momento de su ingreso en prisión y puedan entablar nuevas acciones.
¿Se podrá impedir a los internos que continúen los procedimientos que tengan pendientes en el momento de su ingreso en un centro penitenciario?
La Disposición Derogatoria de la Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP) vino a derogar:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tres
Uno. Los internos podrán ejercitar los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, sin exclusión del derecho de sufragio, salvo que fuesen incompatibles con el objeto de su detención o el cumplimiento de la condena.
¿Cuál de los siguientes derechos no esta contemplado como un derecho del interno?
De las siguientes afirmaciones, relativas a los derechos del interno, señale la correcta:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo veinticinco
Dos. El tiempo se distribuirá de manera que se garanticen ocho horas diarias para el descanso nocturno y queden atendidas las necesidades espirituales y físicas, las sesiones de tratamiento y las actividades formativas laborales y culturales de los internos.
Según la LOGP, los internos tendrán derecho a un descanso nocturno mínimo de:
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Artículo tres
La actividad penitenciaria se ejercerá respetando, en todo caso, la personalidad humana de los recluidos y los derechos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena, sin establecerse diferencia alguna por razón de raza, opiniones políticas, creencias religiosas, condición social o cualesquiera otras circunstancias de análoga naturaleza.
En consecuencia:
Uno. Los internos podrán ejercitar los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, sin exclusión del derecho de sufragio, salvo que fuesen incompatibles con el objeto de su detención o el cumplimiento de la condena.
Dos. Se adoptarán las medidas necesarias para que los internos y sus familiares conserven sus derechos a las prestaciones de la Seguridad Social, adquiridos antes del ingreso en prisión.
Tres. En ningún caso se impedirá que los internos continúen los procedimientos que tuvieren pendientes en el momento de su ingreso en prisión y puedan entablar nuevas acciones.
Cuatro. La Administración penitenciaria velará por la vida, integridad y salud de los internos.
Cinco. El interno tiene derecho a ser designado por su propio nombre.
El art. 3 de la LOGP recoge los derechos de los internos. Señale cuál de los siguientes no se encuentra recogido en el mismo: