TEST LEY ORGÁNICA GENERAL PENITENCIARIA TITULO IV: Asistencia post-penitencia (art. 73 al 75) TITULO IV: Asistencia post-penitencia (art. 73 al 75)

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1
En referencia a la asistencia postpenitenciaria, el Art. 73.1 de la L.O.G.P., establece:
2
El Art. 73.2 de la L.O.G.P. establece:
3
Según establece el Art. 75.2 de la L.O.G.P., la Comisión de Asistencia Social colaborará de forma permanente:
4
En relación al Art. 74 de la L.O.G.P., habrá de entenderse que el Ministerio del Interior a través de la Comisión de Asistencia Social, prestará la asistencia social necesaria, a: